Legislatura Municipal de San Juan, P.R.

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En la Sesión Ordinaria del 24 de septiembre de 2001, la Asamblea Municipal aprobó el Proyecto de Ordenanza Núm. 104, Serie 2000-2001, que adoptó la Codificación de Legislación del Municipio de San Juan. Esta medida organiza por materias la voluminosa legislación municipal, estableciendo varios Códigos temáticos que simplifican el acceso a la reglamentación y legislación promulgada en el Municipio de San Juan.
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COMISIONES

Los proyectos sometidos para la consideración de la Asamblea son estudiados por Comisiones integradas por miembros de la Asamblea, en las que hay representación de la mayoría y de la minoría parlamentaria.

Las Comisiones Permanentes de la Asamblea Municipal de San Juan son las siguientes:

1. Comisión de Hacienda Auditoría y de Asuntos del Contralor

La jurisdicción de la Comisión permanente de Hacienda comprenderá todo aquello relacionado con el presupuesto general de gastos del municipio, incluyendo los fondos especiales, recursos generales y deuda pública, patentes, contribuciones municipales, empréstitos, programas federales, recaudación, custodia y contabilidad de los fondos municipales; así como la utilización de los fondos municipales y asuntos fiscales en general. En cuanto a asuntos de auditoría, en coordinación con la Oficina de Auditoría Interna del Municipio de San Juan, y en atención a lo sugerido por el Contralor de Puerto Rico en su Carta Circular OC-98-13, del 28 de mayo de 1998, tendrá, entre otros, los deberes y funciones siguientes:

  1. evaluar los informes que se emitan sobre auditorías internas y externas que se realicen de las operaciones del municipio;

  2. estudiar y dar seguimiento a los planes de acción correctiva que se preparen sobre dichos informes;

  3. evaluar las medidas correctivas e implantadas según los planes;

  4. requerir evidencia a los funcionarios concernidos sobre las medidas correctiva implantadas;

  5. recomendar la aprobación de ordenanzas o resoluciones para corregir situaciones señaladas en los informes de auditoría;

  6. hacer recomendaciones para que se utilicen recursos presupuestarios para subsanar situaciones, cuando éstas lo ameriten;

  7. velar que la Oficina de de Auditoría Interna cumpla con los deberes y las responsabilidades que le impone la ley;

  8. velar que en la contratación de las auditorías anuales se consideren los criterios sugeridos por la Oficina del Contralor de Puerto Rico siguientes:

    1. La implantación de medidas correctivas;

    2. Emitir las certificaciones de que se remitieron a la Oficina del Contralor copias de los contratos formalizados por el Municipio;

    3. Certificar que se informaron las gestiones pertinentes sobre las irregularidades y pérdidas de propiedad, a tenor con la Ley Núm. 96 de 26 de junio de 1964, según enmendada;

  9. velar que se remitan copias de los contratos formalizados por el Municipio a la Oficina del Contralor, dentro del término prescrito pro la Ley Núm. 18 de 30 de octubre de 1975, según enmendada y del Reglamento que se adopte al amparo de ésta;

  10. velar que se informen las irregularidades y pérdidas de propiedad a las agencias gubernamentales pertinentes, a tenor con la Ley Núm. 96 de 26 de junio de 1964,según enmendada; y

  11. evaluar si el Municipio cumple con los criterios establecidos por la Oficina del Contralor para ser acreedor de un reconocimiento por ésta y someter recomendaciones al respecto a la Asamblea.

2. Comisión de Gobierno y Seguridad Pública

La jurisdicción de la Comisión permanente de Gobierno comprenderá todos aquellos asuntos relacionados al Gobierno Municipal, tales como la administración de personal y nombramientos, procesos de residenciamiento y servicios legales a la comunidad de San Juan; el estudio de la política pública municipal respecto al desarrollo de San Juan y sobre la estructura, procedimientos, administración y funcionamiento de la Asamblea Municipal; así como todo lo relacionado con la seguridad pública y el gobierno en general.

3. Comisión de Bienestar Social y Salud

La Comisión permanente de Salud velará por la conservación de la salud de los residentes de San Juan y los servicios medico-hospitalarios; el funcionamiento y supervisión de los servicios de bienestar social, facilidades físicas de salud, centros de diagnóstico y tratamiento, médicos, el Hospital Municipal, el refugio de animales y cualquier otro asunto relacionado con la salud y el bienestar general de los ciudadanos de San Juan. Asimismo, entenderá en todos los asuntos relacionados con la atención de pacientes V.I.H. positivo y S.I.D.A. que conciernen al Municipio, incluyendo las áreas de prevención, vivienda, tratamiento y alimentación, entre otras, y realizará aquellas investigaciones que sean necesarias para la consideración de proyectos de ordenanzas o resoluciones dirigidos a establecer legislación municipal que propenda a una atención adecuada de la población afectada por el S.I.D.A.

4. Comisión de Desarrollo Económico y Turismo

La jurisdicción de la Comisión permanente de Desarrollo Económico comprenderá lo relacionado a la promoción de asistencia técnica al comercio; la investigación y estudio de los problemas del comercio local, incluyendo las plazas de mercado y los centros de comercio, así como la industria local en general y el turismo, incluyendo a la Corporación de Fomento Económico de la Ciudad Capital (COFECC), a fin de promover el desarrollo máximo socio‑económico de San Juan.

5.Comisión de Educación, Arte y Cultura

La Comisión permanente de Educación, Arte y Cultura se encargará de la orientación y objetivos de los programas municipales de educación; la reglamentación, supervisión y difusión de éstos; los servicios, becas y ayudas a estudiantes; facilidades e instalaciones físicas, programas Head Start, escuelas maternales y equipo escolar; y las actividades encaminadas hacia el mejoramiento de los valores artísticos y culturales.

6.Comisión de Infraestructura, Urbanismo y Vivienda

La Comisión permanente de Infraestructura, Urbanismo y Vivienda entenderá en la problemática del desarrollo urbano, del uso armónico, racional y ordenado de los terrenos en San Juan, la política pública dirigida a un efectivo plan de ordenación territorial, la denominación de calles, edificios o lugares municipales, considerará y recomendará legislación y acciones dirigidas a la conservación de los edificios, monumentos y zonas históricas de la Ciudad Capital. Su jurisdicción también comprenderá los controles de acceso y el tránsito en general, incluyendo la reglamentación de áreas de carga y descarga, así como la transportación. Además, entenderá sobre lo relacionado a terrenos y edificaciones municipales, obras públicas y vivienda en general.

7.Comisión de Asuntos Deportivos y Recreación

La Comisión permanente de Recreación y Deportes atenderá todo asunto relacionado a programas de educación física y recreación así como de las facilidades e instalaciones recreativas y deportivas municipales. Entenderá en todos los asuntos relacionados con los deportes y la recreación en el Municipio, procurando el establecimiento de mecanismos efectivos de comunicación con las agencias municipales que auspicien programas de mejoramiento de la práctica de los deportes, de las actividades recreativas y del liderato recreativo y velará porque los programas municipales apoyen a las asociaciones recreativas de San Juan para que puedan desarrollar programas con énfasis en la capacitación y en la enseñanza temprana de destrezas básicas en los deportes.

8.Comisión de Ética y Asuntos Internos

La Comisión permanente de Ética velará por que se cumplan estrictamente las disposiciones de ley que establecen determinadas prohibiciones a los funcionarios y empleados públicos por razón de sus cargos o empleos o que exigen a determinados funcionarios la divulgación de información financiera. Además, la Comisión procurará que se establezcan controles administrativos que impidan y desalienten al personal a incurrir en violaciones a cualquier ley o reglamentación dirigida a atacar la corrupción en el servicio público; y que el personal cumpla con las disposiciones de derecho aplicables.





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